Información general sobre procedimientos de acreditación de competencias profesionales
Las competencias profesionales se pueden adquirir por diferentes vías: formación y experiencia laboral. En este apartado podrás encontrar información sobre cómo acreditar estas competencias y cómo registrarlas oficialmente.
A personas con experiencia laboral y/o formación no reglada, y que no tengan acreditación oficial.
Las competencias profesionales se adquieren a través de la formación que vamos capitalizando a lo largo de la vida.
La formación se puede adquirir:
- De una forma sistemática y reglada (FORMACIÓN FORMAL).
- Por la acumulación de aprendizajes adquiridos, por cualquier vía, a lo largo de la vida (FORMACIÓN NO FORMAL) o por los conocimientos que adquirimos al desempeñar un puesto de trabajo (EXPERIENCIA LABORAL).
Las vías formales para adquirir competencias profesionales son:
a) Dentro de la formación profesional en el sistema educativo:
- Ciclos de formación profesional de grado medio y superior.
- Programas de Formación Profesional Básica.
b) Dentro de la formación profesional para el empleo:
- Formación de oferta asociada a certificados de profesionalidad.
- Formación en alternancia, asociada a certificados de profesionalidad.
Las vías no formales de formación para adquirir competencias profesionales son:
a) Dentro de la formación profesional en el sistema educativo
- Procesos formativos no conducentes a acreditaciones oficiales.
b) Dentro de la formación profesional para el empleo
- Formación de oferta no asociada a certificados de profesionalidad.
- Formación en alternancia no asociada a certificados de profesionalidad.
c) Formación en otros ámbitos
Las administraciones competentes disponen de un procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, con identificación de las Unidades de Competencia que son objeto de evaluación, así como los Títulos de formación profesional y/o Certificados de profesionalidad en los que estén incluidas.
Las personas que quieran acreditar las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación deberán solicitarlo en cualquier momento a través de los cauces reglamentarios, el plazo de presentación está abierto permanentemente.
Para poder ser admitido en el procedimiento de evaluación deberán cumplir los siguientes requisitos:
Requisitos generales
- Poseer nacionalidad española. O bien:
- Haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria,
- La tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o
- Ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración. Este requisito debe mantenerse hasta el final del proceso.
- Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción en unidades de competencia de nivel II y III, o 18 años para el nivel I.
- Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar, con la siguiente duración mínima:
- Experiencia laboral: Justificar al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria, para las unidades de competencia de nivel II y III, o 2 años con un mínimo de 1.200 horas para nivel I.
- Formación: Justificar al menos 300 h. en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria, para las unidades de competencia de nivel II y III, o 200 horas para nivel I. Si los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplan una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
- Documento justificativo de los requisitos específicos no académicos que se pueden exigir en la convocatoria.
Toda la información de las convocatorias en el portal pop.jccm.es
Aquellas personas que resulten seleccionadas para participar en el procedimiento, deberán pasar por tres fases:
- Asesoramiento: es una fase fundamental en el procedimiento, por la que todos las personas candidatas han de pasar. Tendrás un asesor/a que te acompañará y aconsejará para que tengas más posibilidades de superar la siguiente fase. Esta fase comenzará en un plazo máximo de 20 días desde la publicación de los listados definitivos y tendrá una duración máxima de 2 meses.
- Evaluación: es en esta fase donde se comprobará si demuestras las competencias profesionales en aquellas unidades de competencia que has solicitado. Esta fase comenzará en el plazo máximo de tres meses desde el comienzo de la fase de asesoramiento y tendrá una duración máxima de 2 meses.
- Acreditación y registro de la competencia profesional: una vez superadas las fases anteriores, se te entregará una acreditación de cada una de las Unidades de Competencia en las que has demostrado la competencia profesional requerida. Esta fase comenzará una vez finalizada la de evaluación y tendrá una duración máxima de 2 meses.
El reconocimiento de las unidades de competencia a través del procedimiento de supone la inscripción de oficio en el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables de Casilla-La Mancha.
Aquellos que obtengan la cualificación profesional a través de los sistemas formales del Sistema Educativo o F.P. para el Empleo deberán solicitar la inscripción en el registro del certificado de profesionalidad obtenido o de las unidades de competencia correspondientes.
Más información sobre el Registro de Cualificaciones
Una vez acreditada oficialmente tu experiencia laboral deberás solicitar la expedición de certificados de profesionalidad y acreditaciones parciales acumulables (unidades de competencia) a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes enlaces: