No necesitas tener estudios
- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
- Estar en posesión de un Certificado de Profesionalidad de nivel 2.
- Estar en posesión de un Certificado de Profesionalidad de nivel 1 de la misma Familia y Área Profesional.
- Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45.
- Tener las competencias clave de nivel 2 necesarias para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente al Certificado de Profesionalidad. Se considerará que un alumno/a tiene superadas las competencias clave en matemáticas y lengua cuando tenga estas asignaturas aprobadas en 4º de la ESO.
- Para aquellos cursos que incluyan un módulo de lengua extranjera, se requerirá pruebas de competencia en comunicación en lengua extranjera en el correspondiente nivel.
- Poseer experiencia laboral y/o formación relacionada según se establece en el RD 1224/2009 de 17 de julio, que regula el procedimiento de reconocimiento de la experiencia (3 años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos 10).
- Poseer al menos una unidad de competencia reconocida por el dispositivo de reconocimiento de la experiencia en la misma familia y área profesional de igual o superior nivel de la formación que se desea cursar.
- Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio: El acceso requerirá estar en posesión de, al menos, uno de los siguientes títulos, certificados o condiciones:
- Tener el Título de Educación Secundaria Obligatoria (LOE)
- Tener el Título de Formación Profesional Básica
- Tener el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (LOGSE)
- Estar en posesión del Título de Técnico Auxiliar (Formación Profesional de Primer Grado de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa)
- Estar en posesión del Título de Técnico (ciclos formativos de Grado Medio)
- Estar en posesión del Título de Bachiller Superior
- Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de la reforma de las enseñanzas medias
- Haber superado el tercer curso del plan de estudios de 1963, o segundo curso de comunes de experimental de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos
- Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores
- Haber realizado los dos primeros cursos de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP), siempre que se acredite tener un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de estos dos cursos (Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y el Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio
- Estar en posesión del título de Bachiller.
- Estar en posesión de un Certificado de Profesionalidad de nivel 3.
- Estar en posesión de un Certificado de Profesionalidad de nivel 2 de la misma Familia y Área Profesional.
- Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45.
- Tener las competencias clave necesarias para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente al Certificado de Profesionalidad.
- Para aquellos cursos que incluyan un módulo de lengua extranjera, se requerirá pruebas de competencia en comunicación en lengua extranjera en el correspondiente nivel).
- Poseer experiencia laboral y/o formación relacionada, según se establece en el RD 1224/2009 de 17 de julio, que regula el procedimiento de reconocimiento de la experiencia (3 años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos 10).
- Poseer al menos una unidad de competencia reconocida por el dispositivo de reconocimiento de la experiencia en la misma familia y área profesional de igual o superior nivel de la formación que se desea cursar.
Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado superior, el acceso requerirá estar en posesión de, al menos, uno de los siguientes títulos, certificados o condiciones:
- Título de Bachiller. (De conformidad con la disposición adicional tercera, punto 3, de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, se aceptará, como título de Bachiller, al que se refiere el artículo 41.3.a), el título de bachiller expedido tras cursar el Bachillerato Unificado y Polivalente (BUP)).
- Título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (LOGSE).
- Título de Técnico de Formación Profesional (Ciclo Formativo de Grado Medio).
- Título de Técnico Superior de Formación Profesional. (Ciclo Formativo de Grado Superior).
- Título de Técnico Especialista (FPII), o equivalente a efectos académicos.
- Título universitario o equivalente.
- Certificado acreditativo de haber superado todas las materias de Bachillerato.
- Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
- Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitaria.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior.