
Introducción
Teniendo en consideración la dificultad que entraña para las personas demandantes inscritas en las Oficinas de Empleo, el cumplimiento de la obli...
Mediante la Resolución de 14/06/2004, del SEPECAM, se aprobaba el modelo tipo de Convenio de Colaboración entre el Servicio Público de Empleo de...
Posteriormente con la Resolución de 18/12/2006, del SEPECAM, se modificaba el anterior modelo de convenio de colaboración, posibilitando que las ...
Con la Resolución d e10/10/2012, de la Consejería de Empleo y Economía, se aprueba el nuevo modelo de convenio de colaboración entre la consejería competente en materia de empleo y los ayuntamientos que lo soliciten, para la encomienda de gestión de la realización de las actividades de renovación de la demanda,
la gestión de usuarios de la oficina virtual y el apoyo en el acceso a los trámites telemáticos de la consejería competente en materia de empleo relacionados con la demanda
En el ánimo de actualización permanente para mejorar la prestación de los servicios públicos y partiendo de los principios de cooperación y co...
Desde su puesta en funcionamiento, cuatrocientos cincuenta y ocho Ayuntamientos de la región han suscrito convenios de colaboración, lo que ha fa...
Aquellos ayuntamientos que todavía no tengan suscrito el convenio de colaboración para establecer una Unidad Local de Gestión de Empleo, pueden ...
Desde su puesta en funcionamiento, cuatrocientos cincuenta y ocho Ayuntamientos de la región han suscrito convenios de colaboración, lo que ha fa...
Adenda al convenio suscrito según resolución de 2004 o 2006
Aquellos ayuntamientos que tuviesen suscrito el convenio ULGE con el antiguo SEPECAM, para colaborar con la consejería competente en materia de em...
Adenda al convenio suscrito según Resolución de 2012
Aquellos ayuntamientos que tengan firmado el convenio de colaboración según la resolución de 2012, y además de dar claves de usuario de acceso a la Oficina Virtual, desean realizar las renovaciones de las demandas por medios telemáticos. Podrán presentar el modelo de la adenda al convenio, que encontrarán en la sede electrónica www.jccm.es como anexo III b)
Cuando las renovaciones de las demandas no sean realizadas por medios telemáticos, hay que remitir, diariamente a la Oficina de Empleo correspondiente, el documentos de solicitud de renovación de demanda de empleo, siempre que se haya recibido alguna solicitud de renovación por parte de las personas demandantes de empleo.
Según modelo disponible en la sede electrónica de la www.jccm.es