Cómo constituir una Agencias de Colocación

¿Qué es una Agencia de Colocación?

Definición

Las agencias de colocación son entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de intermediación laboral, bien como colaboradoras de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, bien de forma autónoma pero coordinada con la misma. Asimismo, podrán desarrollar actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo, tales como orientación e información profesional y con la selección de personal.

Las empresas de recolocación son agencias de colocación especializadas en la actividad de recolocación de personas trabajadoras que resultaran excedentes en procesos de reestructuración empresarial y estarán sometidas al régimen legal y reglamentario con carácter general para las agencias de colocación. 

Declaración responsable

La intermediación laboral está considerada como un servicio de carácter público. Por tal motivo, las personas físicas o jurídicas, incluidas las empresas de trabajo temporal, que deseen actuar como agencias de colocación, deberán presentar con carácter previo una declaración responsable.

Esta declaración responsable se presentará:

  • Ante el Servicio Público de Empleo Estatal, en el supuesto de que la agencia pretenda realizar su actividad desde centros de trabajo establecidos en dos o más Comunidades Autónomas o utilizando exclusivamente medios electrónicos.
  • Ante la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (sede electrónica), en el caso de que la agencia pretenda desarrollar su actividad desde centros de trabajo establecidos únicamente en el territorio de Castilla-La Mancha.

Las agencias de colocación podrán iniciar su actividad desde el día de la presentación de la declaración responsable, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las administraciones competentes.

La inexactitud o falsedad en cualquier dato, manifestación o documento, de carácter esencial, que se hubiera acompañado o incorporado a la declaración responsable, determinarán la imposibilidad de continuar con la actividad como agencia de colocación, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

Las agencias de colocación que tuvieran autorización vigente a 5 de julio de 2014 podrán desarrollar su actividad en todo el territorio nacional sin necesidad de presentar declaración responsable.