Concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del «Programa Investigo», de contratación de personas jóvenes de 16 o más años y que no hayan cumplido 30 años, y que se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, en el momento de comenzar la relación contractual, en la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

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Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones los organismos de investigación y difusión de conocimientos, universidades públicas, centros tecnológicos, parques científicos y tecnológicos, entidades públicas sujetas a derecho privado, y entidades privadas sin ánimo de lucro, junto con empresas que estén invirtiendo en investigación e innovación pertenecientes al sector público o privado, que desarrollen sus actividades en Castilla-La Mancha y que cumplan con  el resto de los requisitos previstos en la Orden_/2021, de 22 de diciembre de 2021.

 Objeto.

Regular la concesión de las subvenciones previstas en la Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del «Programa Investigo», de contratación de personas jóvenes de 16 o más años y que no hayan cumplido 30 años, y que se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, en el momento de comenzar la relación contractual, en la realización de iniciativas de investigación e innovación. en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, adaptándola en el marco de las competencias de ejecución y auto organización de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y efectuar su convocatoria para 2021.

Financiación

El importe del crédito disponible para el ejercicio 2021 para atender las obligaciones económicas derivadas de la concesión de subvenciones es de 7.022.879,53 euros, que se financiarán con fondos procedentes del «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», y con cargo al programa 322B” Fomento y Gestión del Empleo” de la Dirección General de Programas de Empleo.

La tramitación de esta convocatoria se realiza de forma anticipada, por lo que los importes que figuran en la misma están condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto correspondiente.

Gastos subvencionables y cuantías.

1.Las subvenciones a otorgar para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales y salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa Investigo. La duración de los contratos a subvencionar será de un mínimo de 12 meses. La duración de la subvención será de un máximo de dos años.

2.Los costes laborales incluirán:

a) Costes laborales y salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social.

b) Ayudas al desplazamiento, por importe de 1.000 euros por año, a tanto alzado por persona contratada, cuando éstas tengan residencia en provincia diferente de donde van a desempeñar su puesto de trabajo, que serán de aplicación a un máximo del 50 por ciento de las personas contratadas, hasta agotar el crédito disponible a tal fin.

3. La concesión de las subvenciones, así como su justificación, se realizará a través del régimen de módulos. Para implementar dicho régimen se establecen los siguientes módulos:

a) Para compensar los costes laborales y salariales

Modulo A: El módulo ascenderá a 22.405,94 euros por persona contratada y año de contratación (1.867,16 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 9 a 5, ambos inclusive.

Módulo B: El módulo ascenderá a 33.108,92 euros por persona contratada y año de contratación (2.759,07 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 4 a 1, ambos inclusive.

b) Para compensar las ayudas al desplazamiento contempladas en la letra c) del apartado 2 de este artículo, tiene la consideración de módulo la cantidad a tanto alzado de 1.000 euros al año por persona contratada.

Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 2 meses, para los costes laborales y salariales comenzará el día siguiente al de la publicación de esta orden y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

El plazo de presentación de solicitudes, para la subvención de los gastos de desplazamiento será de 20 días, computados desde la formalización del último contrato.

Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Programas de Empleo y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

 

Costes salariales y laborales: 


-Modulo A: El módulo ascenderá a 22.405,94 euros por persona contratada y año de contratación (1.867,16 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 9 a 5, ambos inclusive.


- Módulo B: El módulo ascenderá a 33.108,92 euros por persona contratada y año de contratación (2.759,07 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 4 a 1, ambos inclusive.


- Ayudas al desplazamiento, por importe de 1.000 euros a tanto alzado por persona contratada, cuando éstas tengan domicilio en provincia diferente de donde van a desempeñar su puesto de trabajo.

- Correo Electrónico: incentivos@jccm.es 

- Teléfonos: Servicios Provinciales de Empleo: 

  • AB: 967-53-90-00
  • CR: 926-23-30-85
  • CU: 969-24-67-00
  • GU: 949-25-94-00
  • TO: 925-24-81-00

 Enlace: https://e-empleo.jccm.es/solicita/jsp/busquedaTraTel.jsp