PLACA IDENTIFICATIVA COMO UNIDAD LOCAL DE GESTIÓN DE EMPLEO

Introducción

Teniendo en consideración la dificultad que entraña para las personas demandantes inscritas en las Oficinas de Empleo, el cumplimiento de la obligación de renovación de la demanda, especialmente en aquellas localidades que no cuentan con una Oficina de empleo, debido a la amplia extensión geográfica de la región y la dispersión de la población.

Mediante la Resolución de 14/06/2004, del SEPECAM, se aprobaba el modelo tipo de Convenio de Colaboración entre el Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha y los Ayuntamientos que lo soliciten, para la creación de Unidades Locales de Gestión de Empleo, por el que se procede a la encomienda de gestión para la renovación de la demanda de empleo, en el ayuntamiento de aquellas personas empadronadas en el municipio.

Posteriormente con la Resolución de 18/12/2006, del SEPECAM, se modificaba el anterior modelo de convenio de colaboración, posibilitando que las personas empadronadas en el municipio y que estuviesen cobrando algún tipo de prestación o subsidio, también pudiesen renovar sus demanda en el ayuntamiento.

Con la Resolución d e10/10/2012, de la Consejería de Empleo y Economía, se aprueba el nuevo modelo de convenio de colaboración entre la consejería competente en materia de empleo y los ayuntamientos que lo soliciten, para la encomienda de gestión de la realización de las actividades de renovación de la demanda,
la gestión de usuarios de la oficina virtual y el apoyo en el acceso a los trámites telemáticos de la consejería competente en materia de empleo relacionados con la demanda

En el ánimo de actualización permanente para mejorar la prestación de los servicios públicos y partiendo de los principios de cooperación y colaboración que han de regir las relaciones entre las Administraciones Públicas, así como los de eficiencia y servicio a los ciudadanos, que han de presidir la actuación de las mismas, se ha considerado necesario continuar implementando las actividades que se realizan en las Unidades Locales de Gestión de Empleo con la finalidad de agilizar el proceso de renovación de las demandas, posibilitando ahora su mecanización directa en estas unidades por el personal en ellas destinado habilitado al efecto, mediante una aplicación informática facilitada por la Consejería de Empleo y Economía. Las renovaciones de la demanda realizadas por este medio quedarán reflejadas automáticamente en el Registro del Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo, aunque la aplicación informática dispuesta para mecanizar dichas renovaciones no permitirá el acceso a los datos de carácter personal obrantes en el mismo. Establecido mediante la Resolución de 26/09/2013, de la Consejería de Empleo y Economía. 

 

Desde su puesta en funcionamiento, cuatrocientos cincuenta y ocho Ayuntamientos de la región han suscrito convenios de colaboración, lo que ha facilitado a los usuarios realizar la gestión de renovación de su demanda en su municipio.

Aquellos ayuntamientos que todavía no tengan suscrito el convenio de colaboración para establecer una Unidad Local de Gestión de Empleo, pueden encontrar el modelo de solicitud en la sede electrónica www.jccm.es

Desde su puesta en funcionamiento, cuatrocientos cincuenta y ocho Ayuntamientos de la región han suscrito convenios de colaboración, lo que ha facilitado a los usuarios realizar la gestión de renovación de su demanda en su municipio.

Adenda al convenio suscrito según resolución de 2004 o 2006

Aquellos ayuntamientos que tuviesen suscrito el convenio ULGE con el antiguo SEPECAM, para colaborar con la consejería competente en materia de empleo, para la realización de la renovación de la demanda por medios telemáticos y/o la entrega de claves de acceso a la Oficina Virtual (OVI), pueden suscribir la correspondiente adenda al convenio, mediante la presentación del modelo correspondiente al Anexo III a) disponible en la sede electrónica

Adenda al convenio suscrito según Resolución de 2012

Aquellos ayuntamientos que tengan firmado el convenio de colaboración según la resolución de 2012, y además de dar claves de usuario de acceso a la Oficina Virtual, desean realizar las renovaciones de las demandas por medios telemáticos. Podrán presentar el modelo de la adenda al convenio, que encontrarán en la sede electrónica www.jccm.es como anexo III b)

Cuando las renovaciones de las demandas no sean realizadas por medios telemáticos, hay que remitir, diariamente a la Oficina de Empleo correspondiente, el documentos de solicitud de renovación de demanda de empleo, siempre que se haya recibido alguna solicitud de renovación por parte de las personas demandantes de empleo.

Según modelo disponible en la sede electrónica de la www.jccm.es