Entidades beneficiarias
- Las Entidades Locales de Castilla-La Mancha, así como las entidades vinculadas o dependientes de las mismas.
- Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas y las comunidades de bienes.
- Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
Personas participantes y requisitos
Serán subvencionables las contrataciones que se formalicen con personas pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos:
- Personas jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que reúnan, en el día natural anterior a la fecha de inicio de la relación laboral, los requisitos fijados en el artículo 105 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, para ser beneficiarias de las medidas o acciones previstas en dicha norma.
- Personas mayores de 45 años demandantes de empleo no ocupadas, inscritas en alguna de las oficinas de la Red Emplea de Castilla-La Mancha el día anterior al del inicio de la relación laboral.
Las personas contratadas deberán estar, el día anterior al inicio de la relación laboral, en posesión de título universitario, título de formación profesional de grado medio o superior, título oficialmente reconocido como equivalente, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo, o de certificado profesional, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, relacionados con alguno de los sectores previstos en el artículo 5.1 y con el puesto de trabajo a desempeñar.
En caso de no poseer el título o certificado profesional en ese momento, deberán acreditar el pago de la tasa correspondiente para su expedición o su exención, junto con la correspondiente solicitud de expedición del título o del certificado profesional.
El contrato formativo para la obtención de la práctica profesional ha de formalizarse dentro de los tres años, o de los cinco años si se formaliza con una persona con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios. El contrato vinculado a programas de activación para el empleo ha de formalizarse dentro de los diez años siguientes a la terminación de los correspondientes estudios.
La persona o entidad beneficiaria acreditará el cumplimiento de los requisitos de las personas contratadas mediante la presentación de los anexos III y IV.
Las personas contratadas, durante la vigencia del contrato, deberán participar activamente en las acciones de motivación u orientación propuestas por la persona o entidad beneficiaria o las oficinas de la Red Emplea de Castilla-La Mancha y no podrán rechazar o desatender injustificadamente ninguna de estas acciones.
Modalidad de contratación, duración y jornada
Serán subvencionables las siguientes modalidades contractuales, en función de las personas o entidades solicitantes:
- En el supuesto de que se trate de alguna de las entidades previstas en el artículo 3.1.a) y c): contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios y contrato vinculado a programas de activación para el empleo.
- En el supuesto de que se trate de alguna de las personas o entidades previstas en el artículo 3.1.b): contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios.
La contratación subvencionable deberá formalizarse en la categoría profesional y grupo de cotización de la Seguridad Social correspondiente a la titulación obtenida por la persona contratada, y en función de las personas o entidades solicitantes:
- En el supuesto de que se trate de alguna de las entidades previstas en el artículo 3.1.a): grupos de cotización 1 a 9.
- En el supuesto de que se trate de alguna de las personas o entidades previstas en el artículo 3.1.b) y c): grupos de cotización 1 a 4.
Las contrataciones subvencionables se deberán formalizar en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión. Sin perjuicio de lo anterior, la contratación podrá formalizarse a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, siempre que se ajuste a lo previsto en esta orden, asumiendo la persona o entidad solicitante el riesgo de que la subvención no sea concedida para dicha contratación.
La duración del contrato subvencionado será de un año. No obstante, si el convenio colectivo de aplicación determina una duración inferior a un año para el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios, el contrato subvencionado tendrá la duración máxima establecida en dicho convenio.
La jornada del contrato subvencionado será a tiempo completo y equivalente a la de una persona trabajadora a tiempo completo comparable de la entidad contratante, sin que pueda exceder de la misma. En caso de que en la entidad contratante no exista una persona trabajadora comparable a tiempo completo, se considerará la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal, de conformidad con el artículo 12.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de este decreto y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y finalizará el 17 de noviembre de 2025.